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sábado, 27 de agosto de 2022

ALBERTO FERNANDEZ "“Debería aguardar, en respetuoso silencio, que se pronuncien en firme los magistrados de la causa, sin opinar en la delicada y difícil tarea que éstos tienen por delante",


 Nisman y Luciani: la Academia Nacional de Derecho le recordó el artículo 109 de la Constitución a Fernández

La institución acusó al presidente de "agraviar la separación de poderes" y de atentar en contra del sistema republicano.

La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires recordó al presidente Alberto Fernández el artículo 109 de la Constitución Nacional y lamentó las declaraciones del mandatario en las que comparó a los fiscales Alberto Nisman y Diego Luciani.

La institución consideró como inapropiadas” a las expresiones emitidas por Fernández. “Los sentimientos -más políticos que jurídicos- no justifican que el Primer Magistrado olvide que es precisamente su alta investidura la que constitucionalmente le impide formular ese tipo de declaraciones”, indicó a través de un comunicado.

La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires recordó al presidente Alberto Fernández el artículo 109 de la Constitución Nacional y lamentó las declaraciones del mandatario en las que comparó a los fiscales Alberto Nisman y Diego Luciani.

La institución consideró como inapropiadas” a las expresiones emitidas por Fernández. “Los sentimientos -más políticos que jurídicos- no justifican que el Primer Magistrado olvide que es precisamente su alta investidura la que constitucionalmente le impide formular ese tipo de declaraciones”, indicó a través de un comunicado.

En ese sentido, advirtió que, “cuando las autoridades ejecutivas y legislativas interfieren en una investigación penal en curso agravian la separación de poderes”, pilar fundamental del sistema republicano de Gobierno.

“De lo contrario se instaura un sistema de unidad del poder como algunos pretenden para aniquilar el principio republicano básico de la separación funcional de los poderes”, explicó.

 

"DECLARACIÓN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE DERECHO

Y CIENCIAS SOCIALES DE BUENOS AIRES

EN DEFENSA DE LA INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL

Con motivo de la acusación fiscal contra la Vicepresidenta de la Nación por

los delitos que se le imputan, esta Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales

de Buenos Aires manifiesta su profunda preocupación por las declaraciones

formuladas por las máximas autoridades del país sobre decisiones que adopta el Poder

Judicial.

Entre ellas, se encuentran, las inapropiadas expresiones emitidas por el Señor

 

Presidente de la Nación ante los medios. Los sentimientos -más políticos que jurídicos-

no justifican que el Primer Magistrado olvide que es precisamente su alta investidura

 

la que constitucionalmente le impide formular ese tipo de declaraciones.

Cuando las autoridades ejecutivas y legislativas interfieren en una

investigación penal en curso agravian la separación de poderes que es, huelga

recordarlo, uno de los principios fundamentales de todo sistema republicano.

Al emerger de un largo y nefasto período de “facultades extraordinarias”, los

constituyentes de 1853 se vieron en la necesidad de incorporar a nuestra Constitución

los artículos 29 y 109, preceptos inspirados en el Proyecto de Constitución elaborado

por Alberdi que fueron mantenidos por la reforma de 1994.

De lo contrario se instaura un sistema de unidad del poder como algunos

pretenden para aniquilar el principio republicano básico de la separación funcional de

los poderes.

Se ha dicho que una Constitución debe ser el fruto de la historia y allí están

esas dos normas para atestiguarlo. La primera de ellas equipara a quienes concedan

facultades extraordinarias a los “infames traidores a la Patria” y la segunda,

consecuencia necesaria de la anterior, prohíbe al Presidente de la Nación “arrogarse el

conocimiento de causas judiciales pendientes o restablecer las fenecidas”.

No se trata de normas superfluas, sin sentido -pasado o actual- o puramente

retóricas. Por el contrario, nacen de la profundo de nuestra historia y están presentes

en el texto vivo de la Constitución, para que no las olvidemos ni las pasemos por alto.

Sorprende y preocupa, entonces, que la más alta autoridad de la República, su

jefe supremo, como reza el artículo 99, inc. 1, se erija en defensor de la Sra.

Vicepresidenta en una causa judicial en trámite y acuse públicamente al fiscal que lleva

a cabo la investigación judicial de aquella.

No es ésta, por cierto, la actitud que la ciudadanía espera de su Presidente,

quien debería aguardar, en respetuoso silencio, que se pronuncien en firme los

magistrados de la causa, sin opinar en la delicada y difícil tarea que éstos tienen por

delante, pues toda opinión sobre una causa en la que ni siquiera se ha dictado una

 sentencia de condena y donde la acusada goza de la presunción de inocencia, implica

una injerencia indebida en el ejercicio de las funciones que la Constitución

encomienda, en exclusiva, al Poder Judicial de la Nación Argentina.

Es por ello que esta Academia se ve en la obligada tarea de recordar, una vez

más, que el artículo 109 de la Constitución y la historia que lo respalda y justifica, no

toleran manifestaciones políticas de esta naturaleza, en la inteligencia que socavan el

andamiaje constitucional que nutre a la separación de poderes y consecuentemente la

independencia del Poder Judicial.

Buenos Aires, 26 de agosto de 2022

Dr. Juan Carlos Cassagne

Académico Presidente "

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Debería aguardar, en respetuoso silencio, que se pronuncien en firme los magistrados de la causa, sin opinar en la delicada y difícil tarea que éstos tienen por delante, pues toda opinión sobre una causa en la que ni siquiera se ha dictado una sentencia de condena y donde la acusada goza de la presunción de inocencia, implica una injerencia indebida en el ejercicio de las funciones que la Constitución encomienda, en exclusiva, al Poder Judicial de la Nación Argentina”, concluyó la Academia su carta.

RdC / MCP

fuentes: Perfil

"Sorprende y preocupa, entonces, que la más alta autoridad de la República, su

jefe supremo, como reza el artículo 99, inc. 1, se erija en defensor de la Sra.

Vicepresidenta en una causa judicial en trámite y acuse públicamente al fiscal que lleva"


NOTA

A LOS ARGENTINOS DE BIEN YA NO NOS SORPRENDE ABSOLUTAMENTE NADA DE ESTE "PRESIDENTE" Y LA "VICEPRESIDENTE" QUE ESTÁN ARRUINANDO NUESTRA HERMOSA NACIÓN mg 



https://www.perfil.com/noticias/actualidad/nisman-y-luciani-la-academia-nacional-de-derecho-recordo-el-articulo-109-de-la-constitucion-a-fernandez.phtml