Blog de diversos temas actuales, históricos y futuros

lunes, 1 de junio de 2020

" detectarlos y encerrarlos"...COMUNISMO EN SU "ESPLENDOR".



Tío Alberto: Si soltás a los delincuentes: asesinos, vejadores, maltratadores, chorros....  por temor al "coronita" para que no se contagien y porque las cárceles están en malas condiciones (dicho por el mismo desgobierno vuestro) ... 
vas a encerrar a los que trabajamos sostenemos el país y te pagamos el sueldo a vos y a otros  cientos como vos?  (por ser DISCRETA y no decir MILES)
Además no hay ninguna legislación que lo determine.
Cambiá de tutor ..o de quien te dicta los DISCURSITOS..porque estás MFT( meando fuera del tarro) CUMPÁ!

aprendé un poquito de lo que dice la Ley

ARGUMENTOS JURÍDICO LEGALES.
1.- LA CUARENTENA no es una figura jurídica que exista en nuestro derecho vigente. La única manera de suspender nuestras garantías y derechos constitucionales humanos inalienables es decretar el ESTADO DE SITIO.
2.- Para que el poder ejecutivo pueda decretar el ESTADO DE SITIO (art° 23 Constitución Nacional), debe existir un Ataque Exterior o Conmoción Interior sumamente excepcional, debe estar refrendado por el Senado y además tener un tiempo limitado, justamente porque suprime derechos humanos. Un Indice de mortalidad de 0,006 no implica la excepcionalidad o peligro inminente que se requiere para suspender nuestros derechos y garantías constitucionales.
3.- Las opiniones, recomendaciones, etc. de la OMS no son vinculantes para nuestro derecho interno argentino, es decir que no son obligatorias, ya que no están incorporadas por la Constitución a través de su art° 31 como si otros tratados internacionales, como por ejemplo el Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos que establece en su art° 12 inc 1 el derecho a CIRCULAR LIBREMENTE el cual no podrá ser objeto de restricciones, salvo situaciones excepcionales.
4.- Los Decretos de Necesidad y Urgencia DNU son inconstitucionales y de nulidad absoluta e insanable (art° 29 CN), ya que suspenden los derechos y garantías básicas del ser Humano, a circular libremente, a trabajar, a comerciar, a la propiedad, a profesar el culto (art° 14 C.N.)
- a la igualdad (art°16 C.N. ya que algunas personas tienen todas las libertades ambulatorias de transitar libremente, trabajar, reunirse etc, como periodistas, chimenteros de la tarde, políticos inútiles, grandes cadenas de comercios, etc.)
- acceso a la justicia y debido proceso ( art° 16 y 33) ya que el PODER JUDICIAL ESTA CERRADO desde el 13 de marzo, por lo tanto SIN PODER JUDICIAL NO HAY REPÚBLICA.
- a la salud (art 14 CN) porque de acuerdo a los protocolos remitidos por el ministerio de salud, solo debe darse prioridad de atención a aquellos que tengan síntomas del supuesto virus, por lo que se han postergado intervenciones, y no atienden a pacientes con otras patologías. Por eso las guardias están vacías, negándose el derecho a la salud.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó en el 2010, que las facultades del Poder ejecutivo para dictar Decretos de Necesidad y Urgencia DNU son admitidas solo en condiciones de extrema excepcionalidad, no deben ser una mera conveniencia política.
DELITO DE TRAICIÓN A LA PATRIA (art° 29 Constitución Nacional) El CONGRESO NO puede conceder al poder ejecutivo nacional FACULTADES EXTRAORDINARIAS ni la SUMA DEL PODER PUBLICO ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de persona o gobierno alguno. Actos de ésta naturaleza llevan consigo NULIDAD INSANABLE, y sujetarán a los que lo consientan o firmen a la responsabilidad de INFAMES TRAIDORES A LA PATRIA. La pena establecida para éste delito en el Código Penal art° 227 es de reclusión perpetua.
Art° 28 CN los principios derechos y garantías establecidos en la Constitución no pueden ser alterados por leyes o decretos que reglamenten su ejercicio.
P.D.: hay que cuidar la salud de uno y el resto, una cosa no quita la otra. La gente puede entenderlo, debe ser responsable; y ¿qué es eso de que el Estado se meta en todo? ni que los políticos fueran consecuentes y solidarios. Nada puede justificar pasar por arriba la Constitución ya que hay perdemos todos. Momento de ser todos Argentinos, evitando enfrentarnos, desviarnos o ceder! Basta de miedo y excusas.